Evita errores que pueden salir caros y presenta tu declaración con tranquilidad.
Nos encargamos de tu Declaración Anual 2025 mediante una revisión previa exhaustiva, validación detallada de la información precargada en el SAT y un análisis enfocado en prevenir omisiones, optimizar el impuesto a cargo y reducir el riesgo de rechazo en saldos a favor, siempre dentro del marco legal.
Revisión integral de ingresos y deducciones ✅
Analizamos a detalle tus ingresos acumulables y deducciones personales, validando que la información esté completa, correcta y debidamente soportada antes de continuar.
Cálculo y conciliación fiscal ✅
Elaboramos el cálculo en nuestros papeles de trabajo y lo contrastamos con la información precargada del SAT. Si detectamos diferencias, las revisamos, aclaramos y ajustamos previamente a la presentación.
Presentación y entrega de resultados ✅
Presentamos tu declaración ante el SAT y te entregamos el acuse correspondiente, informándote claramente el resultado: saldo a favor, declaración en ceros o impuesto a cargo.
Tu declaración en manos expertas, con mayor control, menor riesgo y total claridad 📌
Para personas físicas que durante 2025:
Recibieron ingresos por nómina (sueldos y salarios y/o asimilados a salarios)
Invirtieron en instrumentos financieros de renta fija regulados (CETES, SOFIPOs, pagares bancarios que generan intereses)
Para personas físicas que durante 2025:
-Recibieron ingresos por nómina (sueldos y salarios y/o asimilados a salarios)
-Invirtieron en instrumentos financieros de renta fija regulados (CETES, SOFIPOs, pagares bancarios que generan intereses)
-Invirtieron en renta variable como acciones, dividendos, fibras, instrumentos derivados, entre otros regulados por la CNBV
Para personas físicas que durante 2025:
-Recibieron ingresos por pensión o jubilación
-Recibieron indemnización o liquidación
-Invirtieron en instrumentos financieros de renta fija regulados (CETES, SOFIPOs, pagares bancarios que generan intereses)

A partir del 1 de abril y hasta fecha límite del 30 de abril de 2026.
*No intentes presentala antes, pues solo se puede presentar de manera anticipada por fallecimiento del contribuyente.

El resultado puede generar: saldo a favor, en ceros o ISR a cargo.
En caso de existir ISR a pagar, el contribuyente deberá cubrirlo directamente ante el SAT dentro del plazo legal. Este importe es independiente de los honorarios del servicio

Si el resultado es a favor, se presenta bajo la devolución automática, cuando proceda. El tiempo de depósito depende exclusivamente del SAT (hasta 40 días hábiles). Si el saldo supera los $10,000 MXN será necesario contar con e.firma vigente
Nuestro trabajo es presentar correctamente; la autorización y tiempos dependen del SAT

Si la autoridad solicita información adicional para autorizar la devolucion te notificaremos oportunamente.
La atención del requerimiento se cotiza por separado. En devoluciones bajo procedimiento manual se aplicará un honorario del 10% sobre el monto efectivamente devuelto. Ningún tramite adicional se realiza sin tu aprobación

Si durante el análisis detectamos situaciones no informadas inicialmente como deciaraciones incorrectas, pagos indebidos, inconsistencias u omisiones se podrá requerir un ajuste en los honorarios para continuar con el servicio
El pago realizado NO es reembolsable, ya que desde el momento que recibimos tu información se destina tiempo profesional para su revisión técnica

Estamos listos para asesorarte.
A continuacion te brindamos mas información
Obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.
Trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aun cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos.
Solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual.
Dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
Prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
Obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
Percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
Puedes recibir multas, recargos y requerimientos de la autoridad. Además, podrías perder un saldo a favor en caso de que te correspondiera devolución. En algunos casos, el SAT puede determinar el impuesto de forma estimada
¡No dejes todo para el último minuto!
El SAT puede tardar hasta 40 días hábiles.
Muchas devoluciones automáticas llegan antes y en caso de que tarde más, paga intereses a tu favor
Si el SAT ya te rechazó tu devolución, tienes dos caminos para arreglarlo:
-Presentar una declaración complementaria:
Si detectaste algún error, puedes corregirlo presentando una nueva declaración, llamada declaración complementaria.
-Responder a los requerimientos del SAT via solicitud manual
A veces el SAT no rechaza de inmediato, sino que te manda un requerimiento pidiéndote documentos o aclaraciones; para esto hay que realizar una solicitud de devolución manual, la cual se cotiza por separado.
NO.
La atención a requerimientos adicionales de información o auditorías se cotiza por separado
Es posible recuperar los saldos a favor de los últimos cinco años. Este periodo se cuenta desde la fecha en que se determinó el saldo a favor.
Supongamos que en abril de 2023 presentaste tu declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2022 y descubriste que tienes un saldo a favor de $5,000. Este saldo a favor se determinó en abril de 2023.
Tienes hasta cinco años para solicitar la devolución de ese saldo a favor. Esto significa que podrás pedir la devolución de esos $5,000 hasta abril de 2028
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